Hace un año y dos meses, veíamos como la administración actual creaba la primera empresa estatal en 20 años. Esto ya de por si era noticia. El mundo va para un lado y nosotros, como es de esperar, para el otro. Aún así, mencionábamos en un artículo sobre el tema, que por la forma en que se constituía dicha empresa, era ya no sólo ilegal, sino inconstitucional. (ver )
Hace unos días, en una reunión conjunta de Comisiones en la Cámara de Diputados de la Nación (dicen que es Honorable), se firmó un dictamen de mayoría, que dio despacho al proyecto de conformación de ARSAT: Argentina Satelital, empresa que se encargará de administrar los recursos satelitales argentinos. Y dado que ya tiene media sanción del Senado, una vez aprobada por los Diputados, será ley.
Salvo unos pocos diputados que se opusieron a sabiendas que predicaban en el desierto de los obsecuentes, ya mientras hablaba el Secretario de Comunicaciones de la Nación y antes que se pudiera plantear ninguna cuestión, estaban los representantes del pueblo firmando el dictamen. Entre vergüenza e indignación, me quedo con los dos calificativos.
Veamos que es ARSAT. Para evitar caer en los mismos vicios que con Enarsa, en el Ministerio de Planificación Federal han ideado una nueva estructura societaria. Crean una empresa estatal de servicios públicos privatizada. Suena loco y lo es. La propiedad de esta empresa estará en accionistas de tres clases:
1) Acciones clase “A” (1 acción = 1 voto) son para el estado e intransferibles, teniendo derecho al menos a un director y siendo necesario su voto afirmativo, en aspectos que modifiquen estatutos o los derechos de estas acciones. Es la acción de oro (golden share).
2) Acciones clase “B” (1 acción = 5 votos), son para quien ejerza la administración real de la empresa. Serán asignadas por Concurso público o iniciativa privada.
3) Acciones clase “C” (sin votos), son acciones preferidas y serán libremente transferibles. O sea, podrán cotizar en bolsa.
Hasta aquí, lo que vemos es el resultado de una empresa del estado, luego de ser privatizada, desde su inicio. La pregunta natural que uno se hace, asumiendo que es un hecho su creación, es ¿Por qué este esquema?
Esta forma societaria es una empresa del ámbito privado con un control del estado que no es menor. Sabiendo que las acciones clase “A” serán en un 98% propiedad del ministerio encabezado por De Vido y un 2% de Economía, esto permitirá que el Arq. De Vido no se vea amenazado por la SIGEN, cando su mujer ya no esté allí para defenderlo (o quizás, cuando ya no quiera hacerlo). Más aún, de manera explicita, en el artículo 3ro del proyecto de ley, se excluye la aplicabilidad en ARSAT de “...las disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y sus modificatorias, del Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001–Régimen de Contrataciones del Estado– y sus modificatorios, de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 y sus modificatorias, ni, en general, las normas o principios de derecho administrativo.” Creo que huelgan los comentarios.
A diferencia del caso Enarsa, lo ilegal lo salvaron con falta de ética y transparencia, tan común en esta nueva política venida desde el sur. Pero como el alacrán no puede con su naturaleza, los pingüinos tampoco y entonces, sin miedo ni vergüenza, avanzan sobre la Constitución Nacional.
Dice el proyecto en su artículo 6to: “En un plazo no mayor de TREINTA (30) días de sancionada la presente ley, el PODER EJECUTIVO NACIONAL procederá a realizar todos los actos necesarios para la constitución y puesta en funcionamiento de la Sociedad, pudiendo delegar expresamente esta facultad en el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.” En castizo sencillo, se delega la definición del marco regulatorio y todas las decisiones administrativas de control y operación en el mismo que ejercerá su dirección. Y este a su vez lo puede delegar, dentro del marco del ministerio en un funcionario de cualquier nivel, siendo tan solo necesaria la firma del ministro.
Ahora, nuestra Constitución en el tercer párrafo de su artículo 42, dice: “La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.” (la negrita es mía).
Asimismo, en el artículo 76, dice: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca.” (la negrita es mía).
Dicho esto, está claro que la definición del marco regulatorio de ArSat corresponde al Congreso de la Nación y no al Ejecutivo Nacional. Y mucho menos a un funcionario. Lord Acton, hace 200 años decía que el poder absoluto corrompe absolutamente.
En la reunión multi-comisión del jueves 03 de Noviembre, el Diputado Bossa, conocedor del negocio de satélites, explicó porque el negocio de los satélites “ya fue”. No quisiera hacer un detalle de los porque, pero no puedo dejar de mencionar un hecho de la realidad. NahelSat, el actual satélite operado por la Argentina tiene 18 transponders (tomemos este nombre técnico tan sólo como la unidad comercial a vender para hacer viable el proyecto) y el nuevo satélite propuesto por el ejecutivo, tiene 36. El problema, es que Nahuelsat jamás pudo vender los 18. ¿Por qué habríamos de pensar que ahora ArSat podría vender sus 36?
Otro dato interesante, que fuera mencionado por el mismo Secretario de Comunicaciones, es la intención de fabricar lo que se denomina satélites limpios, esto es, sin componentes fabricados en los EEUU ni por empresas americanas. ¿Por qué? Porque de esa manera se podrían lanzar los satélites desde plazas alternativas. En especial: CHINA.
Más aún, el mismo secretario, mencionó la posibilidad de darle participación (no indicó si el 1% o el 99%) en la tenencia de las acciones clase “B”, o sea en la administración, a VENEZUELA.
Dicho de manera sencilla. Argentina está preparando una empresa para explotar un satélite de comunicaciones mediano, en un orbita que “ilumina” (que proyecta su capacidad de comunicaciones) las Américas (USA incluido), administrada por la Venezuela chavista, lanzado desde China y fabricado por el INVAP, una empresa que puede contratar con cualquiera sin tener que pasar por control alguno.
Lejos está de mí, querer hacer aparecer anteriores administraciones peronistas como una alternativa, pero al lado de Kirchner y sus “amigos”, Menem y Duhalde se me aparecen como aprendices. ¡Viva la nueva política!
Noviembre 09 de 2005.-
Hace unos días, en una reunión conjunta de Comisiones en la Cámara de Diputados de la Nación (dicen que es Honorable), se firmó un dictamen de mayoría, que dio despacho al proyecto de conformación de ARSAT: Argentina Satelital, empresa que se encargará de administrar los recursos satelitales argentinos. Y dado que ya tiene media sanción del Senado, una vez aprobada por los Diputados, será ley.
Salvo unos pocos diputados que se opusieron a sabiendas que predicaban en el desierto de los obsecuentes, ya mientras hablaba el Secretario de Comunicaciones de la Nación y antes que se pudiera plantear ninguna cuestión, estaban los representantes del pueblo firmando el dictamen. Entre vergüenza e indignación, me quedo con los dos calificativos.
Veamos que es ARSAT. Para evitar caer en los mismos vicios que con Enarsa, en el Ministerio de Planificación Federal han ideado una nueva estructura societaria. Crean una empresa estatal de servicios públicos privatizada. Suena loco y lo es. La propiedad de esta empresa estará en accionistas de tres clases:
1) Acciones clase “A” (1 acción = 1 voto) son para el estado e intransferibles, teniendo derecho al menos a un director y siendo necesario su voto afirmativo, en aspectos que modifiquen estatutos o los derechos de estas acciones. Es la acción de oro (golden share).
2) Acciones clase “B” (1 acción = 5 votos), son para quien ejerza la administración real de la empresa. Serán asignadas por Concurso público o iniciativa privada.
3) Acciones clase “C” (sin votos), son acciones preferidas y serán libremente transferibles. O sea, podrán cotizar en bolsa.
Hasta aquí, lo que vemos es el resultado de una empresa del estado, luego de ser privatizada, desde su inicio. La pregunta natural que uno se hace, asumiendo que es un hecho su creación, es ¿Por qué este esquema?
Esta forma societaria es una empresa del ámbito privado con un control del estado que no es menor. Sabiendo que las acciones clase “A” serán en un 98% propiedad del ministerio encabezado por De Vido y un 2% de Economía, esto permitirá que el Arq. De Vido no se vea amenazado por la SIGEN, cando su mujer ya no esté allí para defenderlo (o quizás, cuando ya no quiera hacerlo). Más aún, de manera explicita, en el artículo 3ro del proyecto de ley, se excluye la aplicabilidad en ARSAT de “...las disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y sus modificatorias, del Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001–Régimen de Contrataciones del Estado– y sus modificatorios, de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 y sus modificatorias, ni, en general, las normas o principios de derecho administrativo.” Creo que huelgan los comentarios.
A diferencia del caso Enarsa, lo ilegal lo salvaron con falta de ética y transparencia, tan común en esta nueva política venida desde el sur. Pero como el alacrán no puede con su naturaleza, los pingüinos tampoco y entonces, sin miedo ni vergüenza, avanzan sobre la Constitución Nacional.
Dice el proyecto en su artículo 6to: “En un plazo no mayor de TREINTA (30) días de sancionada la presente ley, el PODER EJECUTIVO NACIONAL procederá a realizar todos los actos necesarios para la constitución y puesta en funcionamiento de la Sociedad, pudiendo delegar expresamente esta facultad en el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.” En castizo sencillo, se delega la definición del marco regulatorio y todas las decisiones administrativas de control y operación en el mismo que ejercerá su dirección. Y este a su vez lo puede delegar, dentro del marco del ministerio en un funcionario de cualquier nivel, siendo tan solo necesaria la firma del ministro.
Ahora, nuestra Constitución en el tercer párrafo de su artículo 42, dice: “La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.” (la negrita es mía).
Asimismo, en el artículo 76, dice: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca.” (la negrita es mía).
Dicho esto, está claro que la definición del marco regulatorio de ArSat corresponde al Congreso de la Nación y no al Ejecutivo Nacional. Y mucho menos a un funcionario. Lord Acton, hace 200 años decía que el poder absoluto corrompe absolutamente.
En la reunión multi-comisión del jueves 03 de Noviembre, el Diputado Bossa, conocedor del negocio de satélites, explicó porque el negocio de los satélites “ya fue”. No quisiera hacer un detalle de los porque, pero no puedo dejar de mencionar un hecho de la realidad. NahelSat, el actual satélite operado por la Argentina tiene 18 transponders (tomemos este nombre técnico tan sólo como la unidad comercial a vender para hacer viable el proyecto) y el nuevo satélite propuesto por el ejecutivo, tiene 36. El problema, es que Nahuelsat jamás pudo vender los 18. ¿Por qué habríamos de pensar que ahora ArSat podría vender sus 36?
Otro dato interesante, que fuera mencionado por el mismo Secretario de Comunicaciones, es la intención de fabricar lo que se denomina satélites limpios, esto es, sin componentes fabricados en los EEUU ni por empresas americanas. ¿Por qué? Porque de esa manera se podrían lanzar los satélites desde plazas alternativas. En especial: CHINA.
Más aún, el mismo secretario, mencionó la posibilidad de darle participación (no indicó si el 1% o el 99%) en la tenencia de las acciones clase “B”, o sea en la administración, a VENEZUELA.
Dicho de manera sencilla. Argentina está preparando una empresa para explotar un satélite de comunicaciones mediano, en un orbita que “ilumina” (que proyecta su capacidad de comunicaciones) las Américas (USA incluido), administrada por la Venezuela chavista, lanzado desde China y fabricado por el INVAP, una empresa que puede contratar con cualquiera sin tener que pasar por control alguno.
Lejos está de mí, querer hacer aparecer anteriores administraciones peronistas como una alternativa, pero al lado de Kirchner y sus “amigos”, Menem y Duhalde se me aparecen como aprendices. ¡Viva la nueva política!
Noviembre 09 de 2005.-
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